EL JUZGADO CONDENA POR SEGUNDA VEZ AL ALCALDE DE GÁLDAR POR PERSECUCIÓN SINDICAL A UGT.
Segun sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, " por vulnerar los derechos fundamentales a la libertad sindical de la UGT ".
Anula el decreto que cesaba a Honorio Jorge, secretario general de UGT, como Jefe de Personal del Ayuntamiento.
Asi como el informe que CCOO
y SICANARIAS habían realizado
a favor de la decisión del alcalde.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido una Sentencia de fecha 21 de abril en la que condena al alcalde de Gáldar por represaliar al Secretario General de la UGT en el Ayuntamiento, Honorio Jorge Moreno.
La Sentencia anula el decreto que cesaba a éste como Jefe del departamento de Personal y anula asimismo el informe que los sindicatos CCOO Y SICANARIAS habían realizado a favor de la decisión del alcalde.
Los hechos se remontan al 30 de abril de 2008, cuando el alcalde de Gáldar decide cesar y trasladar al Secretario General de la UGT de su puesto de trabajo como Jefe del Departamento de Personal en el que llevaba desde el año 2004, con la excusa de tratarse de una "medida organizativa" para "optimizar los recursos humanos", y lo traslada a la oficina de urbanismo.
Una vez acordado el cese por decreto del Alcalde, los representantes de CCOO y SICANARIAS en la Junta de Personal apoyaron la medida.
El Secretario General de la UGT denunció en su momento que dicha medida era, en realidad, una represalia encubierta del alcalde de Gáldar contra su actividad sindical en defensa de los derechos del personal municipal, y denunció que el informe posterior de la Junta de Personal era ilegal.
La Sentencia considera que "la única motivación que en el informe de la Junta de Personal se aduce para la justificación del cese es que las funciones que realizaba el demandante fueron asumidas por un abogado externo al Ayuntamiento, sin dar más explicaciones, razones insuficientes a juicio de este juzgador para justificar el traslado y cese del Sr. Jorge Moreno. Por tanto, el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Gáldar de 30 de abril de 2008 debe ser declarado nulo, debiendo asimismo ser abonada al actor la diferencia de haberes entre la suma recibida y la que debiera percibir en aquel puesto durante todo el tiempo transcurrido desde su cese, nulidad que también afecta a la supresión del complemento de productividad por ser una consecuencia de éste".
Esta es la segunda condena judicial que recibe el Alcalde de
Gáldar, Teodoro Sosa Monzón, por vulnerar los derechos constitucionales a la libertad sindical de la UGT en el Ayuntamiento, habiendo sido condenado anteriormente por el Juzgado de lo Social por retener el dinero de las cuotas sindicales del personal municipal afiliado a UGT y no transferirlo al sindicato como ordena la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Desde UGT se deplora que un alcalde resultado de un autodenominado "pacto de progreso" acumule ya dos condenas judiciales por saltarse precisamente la Constitución que juró cumplir al tomar posesión.
