BASES
(cONTINUACIÓN)
48. Todas las reclamaciones presentadas sobre la realización del evento deberá ser elevada ante la Organización por escrito y en duplicado.
Será la Organización la que tras la correspondiente reunión dé resolución a todas las reclamaciones presentadas.
49. El Festival de la Canción Ciudad de Arrecife se celebrará de por vida dentro del municipio de Arrecife, aunque sus galas de preselección se realizarán por todas las islas.
50. En este festival podrá participar cantantes de cualquier parte del mundo, la interpretación del tema se podrá realizar en cualquier idioma, aunque la Organización podría permitir que el tema se realice en otro idioma si así lo considera pertinente.
51. El festival en su integridad o por parte podrá ser grabado discográficamente si así lo estima pertinente. La Organización del festival y los intérpretes participantes del acto no podrá reclamar ningún tipo de derecho o cuantía económica por dicha grabación discográfica.
52. El festival es de ámbito autonómico.
53. Las galas de preselección para elegir a los representantes de cada isla se realizará dentro de sus propios territorios.
54. De cada isla saldrán dos representantes oficiales y cuatro reservas.
55. La Organización se reserva el derecho de repescar, dos artistas entre todos los participantes, si consideran que reúnen la cantidad necesaria para estar los mismo en la final. Los cantantes repescados tendrán los mismos derechos y deberes pero con una única excepción de que estos no representarán a ninguna isla.
56. En caso de que la Organización estime que algunos de los cantantes elegidos para representar su isla en la fase final, no reuniera la calidad mínima exigida, sintiéndolo mucho se reserva el derecho de desestimarlo, ya que los finalistas deben reunir unos requisitos mínimos de calidad, dichas plazas deberán ser cubiertas por algunos de los reservas.
57. La Organización si lo estima pertinente, ya que no es obligatorio correrá con los gastos de hotel y pasaje de los cantantes finalistas.
58. En caso de ser menor la Organización correría, si así lo considera, con los gastos de un solo acompañante.
59. Los finalistas podrán elegir libremente el diseño luminotécnicos y los efectos que estimen pertinentes para su espectáculo, pero adaptándose siempre al material disponible para la realización del evento.
60. Todos los cantantes finalistas seden a la Organización sus derechos de imagen de las diferentes actuaciones realizadas con motivos del Festival Autonómico de la Canción Ciudad de Arrecife.
61. La desobediencia y falta del respeto para con, algún miembro de la Organización o del resto de los trabajadores del evento será considerado una falta muy grave y el infractor sufrirá, la inmediata descalificación y expulsión del festival.
62. La Organización no tiene el deber de poner a disposición de los artistas a los coreógrafos o cuerpos de baile, estos son responsabilidad exclusiva de los artistas.
63. Los artistas deberán informar obligatoriamente a la Organización de todos los detalles de su actuación (existencia de cuerpo de baile, efectos, escenografías, espacios a cubrir, etc.) ya que es la Organización quien debe valorar si dicho espectáculo se puede desarrollar digna y adecuadamente en el escenario.
64. El ganador del festival si la Organización lo estima pertinente deberá representar a Canarias en otros festivales de ámbito autonómico, nacional o internacional.
65. La Organización brinda la posibilidad a los artistas de interpretar con músicos y en directo sus temas, este hecho deberá comunicarse con previo aviso a la Organización.
La responsabilidad de los músicos, recae en el artista, así como, la instrumentalización de los mismos. La Organización pondrá el material del sonido para que precise dichos músicos siempre y cuando no se sobrepase del material disponible para el desarrollo del certamen musical.
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titeroygakat2@yahoo.es Tf: 628 690
C/ Dr. Alfonso Spínola, 26 1º Izq. Valterra 35.500-Arrecife de Lanzarote
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