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22 Febrero 2007

EL CABILDO ADJUDICA A ‘GADAP-BORDES, DS.L.’ LA REDACCIÓNEL PLAN TERRITORIAL PARCIAL QUE DESARROLLARÁ EL LITORAL DE LEVANTE DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Se trata de recuperar el contacto de la ciudad con el mar en todo el frente de levante, entre Alcaravaneras y la Playa de La Laja, rescatando para el uso ciudadano un espacio hoy inaccesible por la barrera que supone la Autovía Marítima

El Cabildo de Gran Canaria acaba de resolver, con la correspondiente propuesta de adjudicación elevada a la Mesa de Contratación Permanente por parte del Servicio Insular de Planeamiento, la Consultoría y Asistencia Técnica para la redacción del Plan Territorial Parcial Litoral de Levante de Las Palmas de Gran Canaria (PTP 1).

Este concurso de asesoría salió en convocatoria pública de libre concurrencia con un importe de licitación de 180.000 euros, y un plazo de redacción estimado total de doce meses, (Doc. Avance: 4 meses. / Doc. Aprob. Inicial: 4 meses. / Doc. Aprob. Prov.: 4 meses).

Entre las nueve ofertas finalmente presentadas han competido las de algunos de los despachos de ingeniería y arquitectura nacionales más prestigiosos.

Finalmente, la propuesta de adjudicación, tras el estudio de los pertinentes informes técnicos, ha sido para la oferta del despacho de Gadap-Bordes, S.L., que presentó un presupuesto de 151.200 euros, y un plazo máximo de ejecución de nueve (9) meses.

El PTP 1 tiene como objetivo primordial, la rehabilitación y recualificación del litoral de la ciudad, para consolidar estratégicamente el carácter capitalino de Las Palmas de Gran Canaria, con la rectificación del trazado y dimensionado de la Avenida Marítima y su paseo de borde, teniendo en cuenta el calado peatonal y espacial hacia el mar en puntos estratégicos del borde urbano, en coincidencia con plazas, espacios libres o barrancos, y la cualificación de espacios en la franja litoral, con operaciones de crecimiento, rehabilitación y remodelación de las áreas que así lo requieran.

Se trata, por lo tanto, -según señala el propio Consejero insular de Política Territorial, Arquitectura y Vivienda, Carlos Sánchez-, de recuperar el contacto de la ciudad con el mar en todo el frente de levante, entre Alcaravaneras y la Playa de La Laja, rescatando para el uso ciudadano un espacio hoy inaccesible por la barrera que supone la Autovía Marítima. Ocio y esparcimiento, actividades deportivas y culturales serán los usos protagonistas de esta actuación.

El PIO de Gran Canaria también establece que el Plan Territorial Parcial deberá garantizar el carácter ligero y sustancialmente inedificado de la nueva plataforma, excluyendo aquellos usos terciarios que no resulten complementarios de otros recreativos, deportivos, o de ocio, a los que deberán estar directamente vinculados. Asimismo, se excluyen expresamente los usos portuarios.

El ámbito del PTP 1 está delimitado al norte por el lindero sur de la Base Naval (sin incluirla) y al sur por la Playa de La Laja. Hacia el interior la delimitación es variable en relación con la existencia de plazas, espacios libres o enlaces viarios de la Avenida Marítima. Hacia el Este la delimitación está afectada por la Zona de Servicio de la Autoridad Portuaria (hasta la cara norte del Barrio de San Cristóbal).

La competencia para formular el Plan Territorial Parcial de ordenación del Frente Marítimo de Levante de Las Palmas de Gran Canaria la ostenta el Cabildo Insular de Gran Canaria, en cumplimiento con el art. 24.1 del TR de la Ley de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, y en desarrollo del propio PIO de Gran Canaria.

La tramitación del procedimiento, incluidos el sometimiento a información pública, y las aprobaciones previas a la definitiva (Aprobación del Avance, Aprobación Inicial y Aprobación Provisional del PTP), corresponde también al Cabildo Insular. La aprobación definitiva del Plan Territorial Parcial corresponderá a la COTMAC.

Además, el PTP tiene carácter vinculante para los planes de ordenación urbanística.

Así, en razón de ello, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria vendrá directamente obligado a acomodar su Plan General de Ordenación a las determinaciones del PTP para este ámbito, incorporándolas íntegramente a su contenido, de acuerdo con los procedimientos y plazos regulados por este mismo Plan.

Asimismo, el Gobierno de Canarias y el Ministerio de Fomento, en razón de sus competencias sectoriales en el ámbito territorial de la Actuación, quedan obligados en cuanto se refiere a la remodelación de la Avenida Marítima y a la ampliación y reestructuración del Puerto de La Luz.

Para la renovación de los frentes portuarios urbanos, y las áreas de oportunidad para la implantación o reactivación de varias actividades económicas de interés supramunicipal, la figura de planeamiento apropiada es:

  • el Plan Territorial Parcial, para el desarrollo de actuaciones y determinaciones que requieran una ordenación integrada entre distintos usos, y la armonización de los procesos urbanísticos de interés supramunicipal, de un territorio acotado, como puede ser el frente marítimo de levante, o
  • el Plan Territorial Especial para las actuaciones que tengan un carácter claramente portuario.

El PIO de Gran Canaria incluye en su Normativa y Programa de Actuación la ordenación de todo el litoral de levante y poniente de Las Palmas de Gran Canaria con el desarrollo de 3 Planes Territoriales Parciales:

  • Para la franja costera de levante (Este), se establece el desarrollo de dos Planes Territoriales Parciales:

    • El PTP 1 de Ordenación del Litoral de Levante de Las Palmas de Gran Canaria, y
    • El PTP 2 de Ordenación del Frente Portuario de Las Palmas de Gran Canaria.

  • Para la franja costera de poniente (Oeste), se establece el desarrollo de un Plan Territorial Parcial:

    • El PTP 3 para la Regeneración turística de Las Canteras en Las Palmas de Gran Canaria.

La ordenación de este PTP 3 se está desarrollando en 3 Planes que abarcarán, el área del Rincón, la zona de la Playa de Las Canteras, y la zona de La Puntilla-El Confital.

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